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CONDICIONES
PARA LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN EN GASTROENTEROLOGÍA, HEPATOLOGÍA Y
NUTRICIÓN PEDIÁTRICA
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Actualizada el
13/05/2007 |
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Las
solicitudes no podrán efectuarse a título individual, sino a través
y propuesta de la Sociedad de Gastroenterología y Nutrición
Pediátrica.
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Las
subespecialidades pediátricas en las que la AEP podría reconocer la
acreditación son:
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Nefrología
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Neonatología
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Neumología
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Neurología
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Oncología
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Reumatología
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Urgencias
Pediátricas
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Sólo
se podrá estar acreditado en una sola subespecialidad pediátrica
- Las
condiciones necesarias para recibir una determinada acreditación son
las establecidas en la Reunión de Presidentes de las
Sociedades/Secciones Especializadas (27/03/93, Acta 1/93) que fueron,
posteriormente, ratificadas en la Asamblea General de la A.E.P. en su
XXIV Reunión Anual (Murcia 10/10/93):
4.1. Deseo por parte del
interesado.
4.2. Ser miembro de la
Asociación Española de Pediatría.
4.3. Ser miembro numerario de
la Sociedad con una antigüedad de,
al menos, 5 años.
4.4. Realizar o haber
realizado una labor asistencial en una unidad
acreditada de
Gastroenterología en los últimos 5 años.
4.5. Un “curriculum vitae”
de más de tres años con actividades
asistenciales, docentes y de
investigación de la especialidad.
- La
Junta Directiva de la Sociedad de Gastroenterología y Nutrición pediátrica
:
5.1. Asumirá la
responsabilidad de comprobar la veracidad en el
cumplimiento de las
condiciones establecidas en el punto
4.
5.2. Remitirá las
solicitudes de acreditación, acompañadas de una
fotocopia del título
de Pediatra, a la Secretaría de la A.E.P.
- Todo
aquél que en su caso concurran unas circunstancias especiales que deban
ser tenidas en cuenta, pueden dirigirse a la Junta para el estudio
personalizado de su caso.
- Las solicitudes se remitirán a la Secretaría de la Sociedad de
Gastroenterología y Nutrición Pediátrica y se revisarán anualmente.
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